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Blog de nutrición de Menja sa

¿Etiquetas qué?4 min read

etiquetas nutricionales

Se supone que las etiquetas nos deberían ayudar a elegir mejor, pero a menudo suponen confusión y pueden dar a entender mensajes que son relativamente reales. Desde el Real Decreto 930/1992, de 17 de julio, relativo a la Norma de etiquetado sobre propiedades nutricionales de los productos alimenticios, y por el que sólo se obliga a dar esta información a los productos que hagan alguna referencia a algún nutriente o propiedad nutricional, no se pensó que aparecerían en el mercado tanta variedad de productos con declaraciones nutricionales y sobre la salud en tan poco tiempo.

Así pues, como suele ocurrir, la ciencia y el progreso se adelantan a la regulación legislativa, y nos hemos encontrado durante cierto tiempo con un vacío legal importante, en cuanto a la comercialización y publicidad de todos estos productos que se nos presentan como «enriquecidos» o «beneficiosos», entre otros, por nuestra salud.

No entraremos a explicar qué son estos productos, de donde surgen y para qué sirven. Ahora lo que quisiera es analizar cuál ha sido la última actualización legislativa para cubrir este vacío, y qué podemos hacer nosotros, consumidores, para saber relativizar y comprar con conocimiento de causa. Y por eso, primero de todo, presentamos el nuevo Reglamento (CE) núm. 1924/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, relativo a las declaraciones nutricionales y de propiedades saludables en los alimentos. Este reglamento pretende armonizar las diferentes legislaciones nacionales, y quiere dejar claro cómo se deben hacer las declaraciones nutricionales y propiedades saludables de los productos alimenticios, en todas las comunicaciones comerciales, las campañas publicitarias colectivas y las campañas de promoción. Y para protegernos de estas declaraciones, el Reglamento obliga a presentar fundamentos científicos -en el caso de las declaraciones de propiedades saludables, éstas deberán ser evaluadas por la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria-, y prohíbe que estas declaraciones puedan afirmar, sugerir o dar a entender que el producto o sus constituyentes tengan un efecto medicinal para la salud. Pensamos que la dieta es sólo 1 de los factores que intervienen en el desarrollo de algunas enfermedades, y por lo tanto, cada producto tiene una importancia relativa en el contexto de la dieta total, que debería ser, por encima de todo, equilibrada. Además, quiere evitar la confusión que un producto con declaraciones pueda provocar respecto a otros productos similares, dando a entender que pueda ser mejor sólo por el hecho de presentar estas declaraciones en su etiqueta o en su publicidad. Por último, se deberá garantizar que el producto final contenga la cantidad adecuada del nutriente o substancia mencionada, para cumplir con la declaración-si es un «enriquecido», en cantidad suficiente, y si es un producto «bajo en», que la reducción del nutriente o energía sea la correcta-, y los nutrientes mencionados deberán ser biodisponibles. ¿Cómo interpretamos las etiquetas nutricionales? Aunque están de moda y cada vez es más difícil encontrar un producto envasado debidamente etiquetado sin su perfil nutricional, Recordamos que no es obligatorio. Y no debemos pensar que, dentro de productos de la misma categoría, aquellos que sí lo presentan son mejores. Además, la variedad en la forma de presentar esta información es prácticamente tan grande como la cantidad de productos que hacen declaraciones nutricionales: cantidad de nutrientes, RDA, semáforos, etc. Como es obvio, y como hemos comentado antes, no podemos analizar el alimento en sí mismo, es necesario que la incluyamos en la dieta total. Necesitamos pues unos valores de referencia. Partimos siempre de la dieta equilibrada (ver valores de referencia para el cálculo de las RDA), aunque, en casos especiales, se puede hacer la evaluación desde la propia alimentación. Fijarnos en las kilocalorías no nos aporta suficiente información, porque hay que saber qué tipo de nutriente nos aporta de forma mayoritaria esta energía no es el mismo que nos provenga de los hidratos de carbono, que son la fuente de energía de nuestro organismo, a que nos provenga de las grasas o de las proteínas, que son destinados principalmente a otras funciones. Para saber eso hay que saber si se trata de un alimento proteico (carne o el pescado), un alimento rico en grasas (aceite, mantequilla, nata), o un alimento rico en hidratos de carbono (pasta, pan, cereales). Esto no es necesario leerlo en la etiqueta. Así pues, fijémonos en qué más nos aporta el alimento que queremos comprar:

  • ¿Tiene un elevado contenido de hidratos de carbono simples, es decir, azúcares?
  • ¿Tiene un elevado contenido en grasas saturadas?
  • ¿Contiene ácidos grasos trans? Si leemos los ingredientes deberíamos encontrar «grasas hidrogenadas o grasas parcialmente hidrogenadas»
  • ¿Tiene un elevado contenido en colesterol?
  • ¿Tiene un elevado contenido de sodio?
  • ¿Nos aporta fibra?

No hay que ir a comprar con una calculadora en la mano. Simplemente recuerda los valores de referencia y trata de responder sí o no a las preguntas anteriores. Y ten en cuenta que los alimentos nunca son ni buenos ni malos por sí mismos. Hay que evaluar siempre dentro del contexto de la dieta total y las necesidades individuales.

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